Emilio J. Belencoso (abogado): «Sin acceso a la información pública no puede existir un verdadero control democrático»

Emilio José Belencoso Rodrigo combina el ejercicio de la abogacía con una amplia experiencia institucional, como alcalde de Almàssera y presidente de la Entidad Metropolitana de Tratamiento de Residuos (EMTRE) de Valencia. En esta entrevista para Ágora Legal analiza la importancia de una defensa…

Ágora Legal

Emilio José Belencoso Rodrigo combina el ejercicio de la abogacía con una amplia experiencia institucional, como alcalde de Almàssera y presidente de la Entidad Metropolitana de Tratamiento de Residuos (EMTRE) de Valencia. En esta entrevista para Ágora Legal analiza la importancia de una defensa jurídica especializada para los cargos públicos, el derecho de acceso a la documentación que custodian las administraciones y su participación como abogado de la acusación popular en procedimientos de especial relevancia pública, como el relativo a la piscina municipal de Alboraia y el conocido como caso Francis Puig.

Usted reúne dos perspectivas poco habituales: es abogado y, al mismo tiempo, ocupa responsabilidades públicas. ¿Cómo influye esta doble experiencia en su manera de afrontar los procedimientos?

Me permite conocer la realidad administrativa desde dentro y comprender que los asuntos relacionados con la gestión pública no pueden analizarse exclusivamente desde una perspectiva penal. Detrás de cada decisión existen expedientes, informes técnicos, competencias administrativas, procedimientos de contratación, subvenciones y responsabilidades políticas.

Un abogado que interviene en este ámbito debe conocer cómo funciona una administración, cómo se forma su voluntad y qué obligaciones corresponden a cada órgano. Esa visión resulta fundamental tanto para ejercer una acusación rigurosa como para garantizar una defensa efectiva.

¿Por qué es tan importante que los cargos públicos cuenten con una defensa jurídica especializada?

Porque la actividad política y administrativa está sometida a un marco normativo cada vez más complejo. Una actuación puede tener consecuencias administrativas, contables, civiles, disciplinarias o penales. Además, en muchos procedimientos existe una exposición pública inmediata, incluso antes de que se hayan aclarado los hechos.

La defensa debe comenzar desde el primer requerimiento, denuncia o solicitud de documentación. No consiste únicamente en comparecer ante un juzgado, sino en estudiar el expediente, delimitar las competencias, reconstruir el proceso de toma de decisiones y determinar quién conocía, autorizaba o ejecutaba cada actuación.

Una parte importante de su trabajo se relaciona con el acceso de los representantes públicos a la información que custodian las administraciones. ¿Por qué es un derecho esencial?

Porque ningún representante puede fiscalizar adecuadamente al gobierno de una institución si desconoce sus expedientes, contratos, resoluciones o informes. El acceso a la información no es una concesión del equipo de gobierno, sino una herramienta necesaria para ejercer las funciones representativas y de control.

La legislación reconoce a los miembros de las corporaciones locales el derecho a obtener los antecedentes, datos e informaciones que obren en poder de los servicios municipales y sean necesarios para desempeñar su cargo. La jurisprudencia constitucional vincula este acceso con el ejercicio de las funciones representativas protegidas por el artículo 23 de la Constitución.

¿Qué sucede cuando una administración retrasa, limita o deniega injustificadamente esa información?

Se puede estar dificultando el ejercicio efectivo del cargo público. Una respuesta tardía puede resultar tan perjudicial como una negativa expresa, especialmente cuando la documentación se necesita para preparar un pleno, analizar un contrato o comprobar la ejecución de un gasto.

Por eso es importante formular correctamente las solicitudes, identificar con precisión la documentación y dejar constancia de los plazos. Cuando la administración no responde o lo hace de manera insuficiente, deben estudiarse las vías administrativas, de transparencia y jurisdiccionales disponibles.

¿Puede confundirse el derecho de acceso de un cargo electo con el derecho general de cualquier ciudadano a solicitar información pública?

Son derechos relacionados, pero no idénticos. Los ciudadanos disponen del régimen general previsto en la normativa de transparencia. Los concejales y demás representantes locales cuentan, además, con un régimen específico porque necesitan esa información para ejercer sus funciones de deliberación, votación y control político.

La diferencia es relevante. Un concejal no solicita determinados documentos por simple curiosidad o interés particular, sino para cumplir un mandato representativo. Esa finalidad debe tenerse en cuenta cuando se interpretan los límites al acceso.

Participa como abogado de la acusación popular en el procedimiento relativo a la piscina municipal construida por el Ayuntamiento de Alboraia. ¿Qué se está investigando?

El procedimiento pretende esclarecer las circunstancias administrativas y urbanísticas en las que se construyó una piscina municipal, cuyo coste publicado ronda los 1,2 millones de euros, en terrenos situados dentro del término municipal de València y calificados como suelo protegido.

La investigación afecta, entre otras personas, al exalcalde de València Joan Ribó, al alcalde de Alboraia, Miguel Chavarría, y a otros responsables municipales. Joan Ribó declaró como investigado el 24 de diciembre de 2025 y manifestó que no tenía competencias directas sobre la construcción. Posteriormente, el juzgado rechazó archivar la causa, solicitó nueva documentación y prorrogó la instrucción durante seis meses.

¿Cuál es la función de la acusación popular en un procedimiento de estas características?

La acusación popular permite que determinados ciudadanos o asociaciones intervengan en un procedimiento penal para defender la legalidad y el interés general. No sustituye al Ministerio Fiscal ni debe convertirse en un instrumento de confrontación política.

Su función consiste en aportar una perspectiva jurídica independiente, proponer diligencias útiles, analizar la documentación y ayudar a determinar si existen responsabilidades penales. Todo ello debe hacerse con rigor, respetando la presunción de inocencia y evitando conclusiones anticipadas.

¿Qué dificultades presenta una investigación relacionada con decisiones urbanísticas y con la actuación de varias administraciones?

La principal dificultad es reconstruir la cadena completa de decisiones. Hay que determinar qué administración era competente, qué informes existían, quién concedió o debía conceder las autorizaciones, qué responsables conocían la situación y qué medidas se adoptaron cuando se detectaron posibles irregularidades.

En estas causas no basta con comprobar que existe una construcción. Es necesario estudiar el planeamiento, la clasificación del suelo, las licencias, los informes técnicos, las comunicaciones entre ayuntamientos y las actuaciones realizadas para restaurar la legalidad.

También participa en la acusación popular del procedimiento contra Francis Puig y Juan Enrique Adell. ¿En qué situación se encuentra actualmente?

El Juzgado de Instrucción número 4 de València acordó en octubre de 2025 la apertura de juicio oral contra Francis Puig y Juan Enrique Adell por presuntos delitos de falsedad en documento mercantil y estafa agravada relacionados con ayudas destinadas al fomento del valenciano.

En abril de 2026, la Audiencia Provincial de València confirmó el procesamiento y rechazó los recursos presentados por los acusados. El procedimiento se dirige ahora hacia la celebración del correspondiente juicio, en el que las acusaciones deberán probar sus afirmaciones y las defensas podrán ejercer plenamente su derecho de contradicción.

En este caso se han publicado diferentes cantidades. ¿Qué precisión debe hacerse para no confundir a la opinión pública?

Es fundamental diferenciar el volumen global de subvenciones concedidas a las empresas durante varios ejercicios de la cantidad que, según la instrucción, habría sido obtenida o justificada indebidamente.

La causa judicial se refiere a ayudas otorgadas principalmente entre 2015 y 2018. Los informes incorporados al procedimiento situaron en aproximadamente 67.500 euros la cantidad presuntamente percibida de forma indebida. Por esta razón se descartó el delito específico de fraude de subvenciones, cuyo umbral penal aplicable era de 120.000 euros, aunque el procedimiento continuó por presunta falsedad documental y estafa agravada.

¿Qué conductas se atribuyen provisionalmente a los investigados?

Según las resoluciones dictadas durante la instrucción, se investiga el posible empleo de facturas que no reflejarían operaciones reales, sociedades vinculadas y gastos que podrían no corresponder con la finalidad para la que fueron concedidas las ayudas.

Debemos insistir en que se trata de acusaciones pendientes de enjuiciamiento. La apertura del juicio oral no equivale a una condena. Será la Audiencia Provincial la que valore las pruebas, escuche a todas las partes y determine si existe o no responsabilidad penal.

¿Existe un riesgo de que estos procedimientos se interpreten exclusivamente desde una perspectiva política?

El riesgo existe cuando los investigados han ocupado responsabilidades públicas o mantienen vínculos familiares con dirigentes políticos. Sin embargo, un procedimiento judicial debe centrarse en hechos, documentos y normas.

La justicia no puede utilizarse para obtener titulares ni para absolver o condenar políticamente a nadie. Nuestra obligación como abogados es separar el debate político del análisis jurídico, formular únicamente acusaciones que puedan sostenerse con pruebas y respetar siempre los derechos de las personas investigadas.

¿Considera que las administraciones españolas han avanzado suficientemente en transparencia?

Se ha avanzado en publicidad institucional, portales de transparencia y acceso electrónico, pero todavía encontramos respuestas incompletas, documentos difíciles de localizar y procedimientos excesivamente lentos.

La verdadera transparencia no consiste únicamente en publicar grandes cantidades de información. Consiste en que la documentación sea comprensible, esté actualizada y permita reconstruir cómo se han adoptado las decisiones públicas, quién las ha autorizado y cómo se ha empleado el dinero de los ciudadanos.

¿Qué debería hacer un concejal o cargo público cuando sospecha que se le está ocultando información relevante?

Debe actuar con método. En primer lugar, presentar una solicitud precisa y vinculada al ejercicio de sus funciones. Después, conservar todas las respuestas, silencios y comunicaciones recibidas. Si persiste la negativa, debe acudir a un abogado especializado para analizar la vía más adecuada.

Una buena estrategia jurídica no busca judicializar inmediatamente cualquier discrepancia. Busca obtener la información con la máxima rapidez, proteger el derecho del representante y generar una documentación clara que permita actuar si la administración mantiene una negativa injustificada.

Para finalizar, ¿qué papel debe desempeñar la abogacía en la defensa del buen funcionamiento de las instituciones?

La abogacía debe servir como garantía frente a cualquier abuso, con independencia de quién gobierne o de la ideología de las personas implicadas. Debe proteger a quien es investigado injustamente, pero también facilitar que se esclarezcan las posibles irregularidades cuando existen indicios suficientes.

Defender el Estado de derecho significa defender simultáneamente la transparencia, la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la rendición de cuentas. Ninguno de esos principios puede sacrificarse por conveniencia política. Las instituciones son más fuertes cuando sus decisiones pueden ser conocidas, examinadas y, cuando corresponda, revisadas por los tribunales.